En el artículo 43 del Estatuto de los Trabajadores se regula la cesión ilegal de trabajadores, y regula así mismo los supuestos autorizados de cesión de trabajadores. Sigue leyendo
Abogados laboralistas | Conciliación laboral
La conciliación laboral es un sistema de resolución extrajudicial de conflictos, de carácter obligatorio en multitud de reclamaciones para intentar una solución extrajudicial. Es decir, es un proceso previo, antes de demandar a la empresa. Sigue leyendo
Abogados laboralistas | Despido colectivo
Un despido colectivo es cuando, por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en un plazo de noventa días, la extinción del contrato afecte a:
Despido disciplinario | Abogados laboralistas
EL Despido Disciplinario se produce cuando la empresa considera que el trabajador ha incumplido sus obligaciones de forma grave. Es decir, se debe producir únicamente cuando el incumplimiento sea causa de despido, la mayor sanción que puede imponer una empresa, por lo que éste debe ser muy grave y culpable. Sigue leyendo
Reclamación de los salarios de tramitación al estado
La reclamación de salarios de tramitación al Estado por las Empresas se producirá siempre y cuando la sentencia sea firme y haya pagado al trabajador los salarios de tramitación. Esto significa que primero la empresa debe abonar primero al trabajador la cantidad que corresponda y después reclamársela al Estado mediante una reclamación previa por vía administrativa ante la Delegación del Gobierno de la Comunidad Autónoma en la que haya tenido lugar el juicio. Sigue leyendo
Salario FOGASA | Abogados laboralistas
El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), Es un Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, con personalidad jurídica y capacidad de obrar y cuyo fin es abonar a los trabajadores el importe de los salarios pendientes de pago, cuando el empresario sea insolvente o esté en situación concursal.
Despido objetivo | Abogados laboralistas
El despido objetivo, esta regulado en el Artículo 52 del Estatuto del Trabajador en su artículo 52 establece como causas objetivas de extinción de la relación contractual, bien la ineptitud del trabajador sobrevenida, falta de adaptación a las modificaciones introducidas en la empresa en Sigue leyendo