Cuando un trabajador es dado de alta médica, sin haber recuperado su capacidad laboral o bien por el transcurso de 365 días de incapacidad temporal pese, debe en el plazo de 4 días naturales desde su notificación impugnarla ante la Inspección médica del Sistema Público de Salud exponiendo los motivos de su disconformidad, y debe acompañar el historial médico, o en su caso, copia de la solicitud de dicho historial a la mutua. Sigue leyendo